En la sesión de este 25 de enero el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sometió a estudio …
1. ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD 122/2015 Y SUS ACUMULADAS 124/2015 Y 125/2015, PROMOVIDAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y MORENA, Y LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, DEMANDANDO LA INVALIDEZ DE DIVERSOS NUMERALES DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 6°, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA, Y REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 53 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
PONENTE: JLP
En esta sesión, continuando con el tema del derecho de réplica, el pleno de la SCJN declaró que es valido que el medio de comunicacion no realice la replica cuando con ella la persona aludida no busca aclarar a informacion falsa o inexacta y que la difusion le haya ocasionado un agravio.
El señor Ministro Presidente convoco a la próxima sesión del día lunes 29 de enero del presente año para continuar con el orden del día, a la hora acostumbrada.