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#SesiónPleno 28 de junio | El Blog de la Corte

#SesiónPleno 28 de junio

En la sesión de este jueves 28 de junio, el Pleno de la SCJN, se encargó de la resolucion de los siguientes asuntos: 

VERSION TAQUIGRAFICA: 

1. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 21/2016, PROMOVIDA POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, DEMANDANDO LA INVALIDEZ DEL ARTÍCULO 25, FRACCIÓN I, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE PUEBLA.

PONENTE: NLPH

RESOLUTIVOS: 

PRIMERO. ES PROCEDENTE Y FUNDADA LA PRESENTE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.

SEGUNDO. SE DECLARA LA INVALIDEZ DEL ARTÍCULO 25, FRACCIÓN I, EN LA PORCIÓN NORMATIVA “ÚNICAMENTE CUANDO DEBIDO A LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO AQUÉLLAS NO PUEDAN SER FORMULADAS DIRECTAMENTE ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO”, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE PUEBLA, EXPEDIDO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA EL VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS. 18

TERCERO. POR EXTENSIÓN, SE DECLARA LA INVALIDEZ DE LOS ARTÍCULOS 6, 20 Y 25, ACÁPITE, FRACCIONES I, EN LAS PORCIONES NORMATIVAS “RECIBIR LAS DENUNCIAS SOBRE HECHOS QUE PUEDAN SER CONSTITUTIVOS DE DELITOS” Y “AL QUE DEBERÁN INFORMAR DE INMEDIATO, ASÍ COMO DE LAS DILIGENCIAS PRACTICADAS Y DEJARÁN DE ACTUAR CUANDO ÉL LO DETERMINE”, Y DE LA II A LA XV, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE PUEBLA, EXPEDIDOS MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA EL VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS.

CUARTO. LAS DECLARACIONES DE INVALIDEZ DECRETADAS EN ESTE FALLO SURTIRÁN SUS EFECTOS RETROACTIVOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE ESTA SENTENCIA AL CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA.

QUINTO. PUBLÍQUESE ESTA RESOLUCIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA, ASÍ COMO EN EL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA.

2. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 84/2016, PROMOVIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, DEMANDANDO LA INVALIDEZ DE LOS ARTÍCULOS 2, FRACCIÓN III, 13 Y 23, ASÍ COMO EL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INTERCULTURAL DE SINALOA

PONENTE: ETMMI

RESOLUTIVOS: 

PRIMERO. ES PROCEDENTE Y FUNDADA LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 84/2016 PROMOVIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

SEGUNDO. SE DECLARA LA INVALIDEZ DEL DECRETO NÚMERO 624, POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INTERCULTURAL DE SINALOA, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL DIECINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS.

TERCERO. LA DECLARACIÓN DE INVALIDEZ DECRETADA EN ESTE FALLO SURTIRÁ SUS EFECTOS A LOS DOCE MESES SIGUIENTES A SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, PLAZO DENTRO DEL CUAL EL CONGRESO DEL ESTADO DE SINALOA DEBERÁ LEGISLAR PARA SUBSANAR EL VICIO ADVERTIDO, EN LOS TÉRMINOS PRECISADOS EN EL ÚLTIMO APARTADO DE ESTA SENTENCIA.

CUARTO. PUBLÍQUESE ESTA SENTENCIA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE SINALOA, ASÍ COMO EN EL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA.

3. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 151/2017, PROMOVIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, DEMANDANDO LA INVALIDEZ DEL DECRETO 534/2017 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS LEYES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA COMUNIDAD MAYA Y DEL SISTEMA DE JUSTICIA MAYA, AMBAS DEL ESTADO DE YUCATÁN.

PONENTE: AGOM

RESOLUTIVOS: 

PRIMERO. ES PROCEDENTE Y FUNDADA LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 151/2017.

SEGUNDO. SE DECLARA LA INVALIDEZ DEL DECRETO 534/2017 POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA COMUNIDAD MAYA DEL ESTADO DE YUCATÁN Y LA LEY DEL SISTEMA DE JUSTICIA MAYA DEL ESTADO DE YUCATÁN, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE ESE ESTADO EL TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.

TERCERO. LA DECLARACIÓN DE INVALIDEZ DECRETADA EN ESTE FALLO SURTIRÁ SUS EFECTOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE ESTA SENTENCIA AL CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN.

CUARTO. PUBLÍQUESE ESTA SENTENCIA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, ASÍ COMO EN EL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA.